Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N
Localidad: Sevilla
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Provincia: Sevilla
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Correo electrónico: jinstancia.2.sevilla.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1897/2010
NIG: 4109142120100057418
Sentencia
Fecha: 27/06/2012
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20 dias
HUSSEIN ALJANID - NIF/NIE: ****1817*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
SENTENCIA nº 122/2012
En Sevilla, a 27 de junio de 2012.
Vistos por Sebastián Moya Sanabria, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario número 1897/2010, seguidos a instancias de Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, actualmente Banca Cívica S.A., representada por la procuradora Gloria Navarro Rodríguez, con asistencia letrada del abogado Luis Miguel Pérez de Tena, contra Hussein Aljanid, que no se ha mostrado parte en el procedimiento, se pronuncia la siguiente sentencia.
FALLO.
Que estimando íntegramente la demanda deducida por la procuradora Gloria Navarro Rodríguez en nombre y representación de Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, actualmente Banca Cívica S.A., declaro que el demandado Hussein Aljanid adeuda a la demandante la cantidad de 38.909,82 euros, condenándolo en consecuencia al pago de esa suma más los intereses moratorios rendidos de conformidad con lo pactado en el contrato que da causa a la reclamación desde el día 30 de julio de 2010, con imposición al citado demandado de las costas causadas en este procedimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación en un plazo de veinte días, ante este Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial de Sevilla, en la forma prescrita en el artículo 458.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada a dicho precepto por Ley 37/2011 de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, y acreditando la constitución del depósito por importe de 50 euros exigido en el apartado 3.b) de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, modificativa de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Sevilla, 21 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO MEANA CUBERO
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