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Documento BOE-J-2022-511971

VALLADOLID. Edicto de 21 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 134/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 282, de 24 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2022-511971

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid

Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5

Localidad: Valladolid

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 134/2014

NIG: 4718647120140000150

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª. ADELA TAMAYO GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID,

A n u n c i a

1.- Que en el concurso voluntario abreviado consecutivo número 134/2014 del deudor RAFAEL RODRIGUEZ COSTA, NIF 76.774.821-Q cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, se ha dictado con fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintidós, auto de conclusión de concurso por insuficiencia de la masa activa.

2.- La exoneración provisional del pago de los créditos del pasivo insatisfecho ordinarios y subordinados (inclusive los de derecho público que tengan tal calificación), no así de los créditos contra la masa y privilegiados que no resulten cubiertos con el plan presentado por el deudor D. RAFAEL RODRIGUEZ COSTA.

3.- Que se ha acordado publicar la conclusión del concurso en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.

4.- Se acuerda asimismo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- Se acuerda la aprobación de la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal.

6.- Se acuerda el cese de la administradora concursal ROSA MARIA JORAL GUTIERREZ.

7.- Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

8.- Hacer constar en el Registro Público Concursal durante un plazo de cinco años la concesión provisional del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

En VALLADOLID, a diecisiete de noviembre de dos mil veintidós.

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Valladolid, 21 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ

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