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Documento BOE-J-2022-511924

MADRID. Edicto de 21 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 453/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 282, de 24 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-511924

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

Correo electrónico: mfh61@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 453/2022

NIG: 2807900220220390459

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

DOÑA ROCIO PERALES BELIZON LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso consecutivo 453/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0390459, por auto de fecha 14/11/2022, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D./Dña. Angel Mauricio Saca Pumasunta y D./Dña. Jenny Elizabeth Carvajal Parra.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el TEJU perteneciente al Boletín Oficial del Estado

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es D. ÁLVARO MARTINEZ-MEDINA AMAT, con NIF: 48314758-S con Dirección postal Calle Moratín 17, 3º dcha, 46002 (Valencia) y dirección electrónica para comunicación de créditos alvaromma@economoconsulting.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255 y 256 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 21 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON

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