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Documento BOE-J-2022-511921

MADRID. Edicto de 21 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 392/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 282, de 24 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-511921

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 392/2022

NIG: 2807900220220350381

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, hace saber:

1.- Que en el Concurso Abreviado 392/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0350381, por auto de fecha 23/09/2022, se ha declarado en concurso voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado a SINTESA SOLUCIONES SL, con nº de identificación B86115532.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el TEJU, Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es MGI CONCURSAL, SL (MARIA BARTLE AGUSTIN) con domicilio postal en 28108 –Alcobendas (Madrid) Cuesta Blanca, s/n, planta 3ª (Centro comercial Cuesta Blanca) y dirección electrónica mgiconcursal@mgiconcursal.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lodeberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde sepublicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 21 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON

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