Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Torrent
Dirección: Plaza DE LA LIBERTAD 3
Localidad: Torrent
Código Postal: 46900
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927606
Civil
Número: 388/2022
Diligencia
Fecha: 27/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: diez dias
JAVIER CEBALLOS SORIANO - NIF/NIE: ***7849**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2
TORRENT (VALENCIA)
Plaza DE LA LIBERTAD,3 2º
TELÉFONO: 96.192.76.06
Procedimiento: Monitorio [MON] - 000388/2022-
N.I.G.: 46244-42-1-2022-0001950
TASACIÓN DE COSTAS
Tasación de costas que practica el Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado D. JOSE DAVID SEVILLA GARCIA de acuerdo con lo dispuesto en el art. 243 de la L.E.C. en los autos de Monitorio [MON] - 000388/2022- correspondientes a las devengadas en los mismos.
- Se tasan las costas devengadas a favor de:
- Interviniente: COM. PROP. C/ ALBUFERA Nº 8 Y HORTA Nº 2 Y 4.
- Parte condenada a su pago:
- Interviniente: JAVIER CEBALLOS SORIANO.
- Honorarios del Letrado/a GARCIA ZARZOSO, MARIA DEL CARMEN.
- Honorarios según minuta
214,38 €
- I.V.A. (21%)
45,02 €
TOTAL MINUTA (IVA INCLUIDO):
259,40 €
NOTA: No se han excluído o reducido ninguna de las partidas reclamadas por estimar que cumplen con los requisitos señalados en el artículo 243 de la LEC.
Asciende la tasación de costas a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS (259,40 €).
En Torrent, a veintisiete de septiembre de dos mil veintidós.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
DILIGENCIA DE ORDENACION
Letrado A. Justicia Sr./a:
JOSE DAVID SEVILLA GARCIA
En TORRENT, a veintisiete de septiembre de dos mil veintidós.
Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada, con las advertencias siguientes:
1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).
2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).
3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado A. Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO A. JUSTICIA,
Torrent, 17 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE DAVID SEVILLA GARCIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid