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Documento BOE-J-2022-508561

SANTA CRUZ DE TENERIFE. Edicto de 16 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 895/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2022-508561

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

Dirección: Avenida TRES DE MAYO 3

Localidad: Santa Cruz de Tenerife

Código Postal: 38003

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922349285

Correo electrónico: instancia4.sctf@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 895/2021

NIG: 3803842120210003744

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 16/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

FÁTIMA VICTORIA CÓRDOBA REYES

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justiciaencanarias.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOComparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquélla.TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este Juzgado.PLAZO PARA COMPARECERDIEZ DIAS HABILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento.PREVENCIONES LEGALES- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (arts.496.1 y 497.1 LEC).- Que la contestación a la demanda deberá verificarse por medio de procurador1 legalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC) salvo que se trate de demandas de reclamación de cantidad inferior a 2000 euros, pudiendo entonces comparecer por sí mismo sin asistencia ni de abogado ni de procurador. En este caso, existen impresos normalizados a su disposición en el Juzgado que podrá emplear para la contestación a la demanda (art. 438.1 párr. 2º de la LEC).- Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el plazo de TRES DÍAS siguientes a recibir la cédula de emplazamiento (art.33.2, 2º párrafo de la LEC).- Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (art.155.5 párrafo primero de la LEC).- Deberá manifestar si solicita o no la celebración de vista siguiendo los trámites de los art.438 y siguientes de la LEC

Santa Cruz de Tenerife, 16 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARLOS AYMERICH ROJAS

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