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Documento BOE-J-2022-506121

RIBEIRA. Edicto de 16 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 351/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2022-506121

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Ribeira

Dirección: Calle BARBANZA S/N

Localidad: Ribeira

Código Postal: 15960

Provincia: A Coruña

Teléfono: 881997351

Correo electrónico: mixto2.ribeira@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 351/2017

NIG: 1507341120170001319

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se acuerda la conclusión del concurso consecutivo de Dª Elena del Carmen Beltrán Molina, consignado bajo el nº 351/2017, por insuficiencia de la masa activa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

Declara aprobada la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Acuerda el cese en su cargo de la Administración concursal nombrada. Reconoce a Dª Elena del Carmen Beltrán Molina el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho con carácter definitivo con la consiguiente comunicación al Registro Concursal. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo concursal no satisfecho por la conursada, así como a los créditos no comunicados, exceptuándose los créditos de derecho público y por alimentos, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el párrafo primero del artículo 493 TRLC. La extinción de créditos no alcanza a los obligados solidarios avalistas y fiadores del concursado respecto de los créditos que se extinguen.

Dicho Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno.

Ribeira, 16 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DORINDA BOCIJA PREGO

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