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Documento BOE-J-2022-505977

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 17 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 601/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-505977

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 601/2022

NIG: 1204066120220000649

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Con fecha 17/11/2022 se publicó edicto número 276 de declaración del concurso respecto a María Demelsa Andreu Casalduch cuyos datos son erróneos , siendo los correctos Maria Demelsa Andreu Rodríguez con dni 53225548Y

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PRIMERO: Que por Auto de fecha 7/11/2022, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO [CNA], nº000601/2022, N.I.G. nº 12040-66-1-2022-0000649, seguido en este Juzgado, se ha declarado en CONCURSO a "DEMELSA ANDREU RODRIGUEZ", vecino/a de Moncofa domiciliado en Moncofa y C.I.F/ DNI. número .

SEGUNDO: Con expresión del Pasivo es de 76.919,33 euros, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de QUINCE (15) DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 TER del TRLC(conforme Ley 16/2022).

TERCERO: En el caso de que, dentro del plazo de 15 dias previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

CUARTO : La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a conforme art.512 TRLC, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

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Castelló de la Plana, 17 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN

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