Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-505959

BILBAO. Edicto de 16 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 705/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BIZKAIA
Referencia:
BOE-J-2022-505959

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Bilbao

Dirección: Calle BARROETA ALDAMAR 10 Edificio Aldamar

Localidad: Bilbao

Código Postal: 48001

Provincia: Bizkaia

Teléfono: 944016688

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 705/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores concursales del concurso 705/2022 en el que figura como concursado KI Technologies Europe 2017 s.l en liquidación con Cif B95889796 dónde se ha dictado con fecha 10/11/2022 auto declarando concurso voluntario. Se remite también a la página del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acreedores concursales que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a partir de la publicación de este edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

. Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales

para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

. Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad

contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona

jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica

administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de

administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su

denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad

cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios

consejeros delegados.

. Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable

Bilbao, 16 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAIME MOURENZA ARRIOLA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid