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Documento BOE-J-2022-503072

MADRID. Edicto de 11 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 460/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-503072

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 460/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

460/2022 Antigua Real Estate, S.L. en liquidación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. Adela Moreno Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Núm. 1 de Madrid Hace saber: 1.- Que en el Concurso voluntario núm. 460/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0391560, por Auto de fecha 04/11/2022, se ha declarado en concurso voluntario a la entidad ANTIGUA REAL ESTATE, S.L. EN LIQUIDACION, con CIF: B85065787. 2.- Que se ha acordado publicar este Edicto para el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado a que se refiere el art. 37 ter. TRLC. 3.-Si dentro del mencionado plazo, ningún legitimado formula esa solicitud, se procederá a la conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC. 4.-Notifíquese esta resolución al deudor, a las partes comparecidas, a la AEAT, a la TGSS, al FOGASA y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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