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Documento BOE-J-2022-502237

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 15 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 242/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 277, de 18 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-502237

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621747

Correo electrónico: carrasco_mon@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 242/2022

NIG: 1204042120220001717

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

EMILIO JOSE MIGUELES CAÑETE - NIF/NIE: ***4221**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUEZ QUE LO DICTA: D/Dª DIANA MORENO MARTIN Lugar: CASTELLON Fecha: siete de julio de dos mil veintidós

ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO.- Por el /la Procurador/a expresado/a en nombre y representación de UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS SA EFC se ha presentado, demanda, solicitando se despache ejecución frente a EMILIO JOSE MIGUELES CAÑETE , en base al siguiente título ejecutivo:

ESCRITURA PÚBLICA OTORGADA CON FECHA 9 DE MARZO DE 2011 , ANTE EL NOTARIO DE CASTELLON D. JORGE SOS ANSUATEGUI y nº 447 , DE SU PROTOCOLO.

PARTE DISPOSITIVA 1.- Se DESPACHA a instancia de UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS SA EFC ejecución frente a EMILIO JOSE MIGUELES CAÑETE por las siguientes cantidades: 11.4953,96 Euros en concepto de principal más 34.486,18 Euros, en concepto de intereses y costas.2.- Expídase Mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad de Castellón nº 4 que se entregará al Procurador de la parte actora en este Juzgado, a fin de que remita certificación en la que consten los siguientes extremos:1º.-La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien hipotecado.2º.-Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien hipotecado, en especial relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.3º.-Que la hipoteca que consta en la inscripción 4ª a favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar, o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro. 3.- Requiérase al ejecutado a fin de que en el acto haga pago de la cantidades por las que se despacha ejecución 4.-Tratándose del inmueble hipotecado de la vivienda familiar del ejecutado, de conformidad con lo establecido en el artículo 693.3 de la LECn, comuníquese al mismo que podrá, por una sola vez, aún sin el consentimiento del acreedor, liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento que resulten impagados en todo o en parte. Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega de copia de demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución. 6º.- Devuélvase el poder presentado, previo su testimonio en autos Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno. (Art. 551.2 LECn), sin perjuicio de que el/los deudor/es pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la notificación de este Auto. Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.Firma del Juez Firma del Secretario

REQUERIMIENTOTRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: Juzgado de Primera Instancia nº 8 de CASTELLON .ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.PERSONA QUE SE REQUIEREEMILIO JOSE MIGUELES CAÑETE Avenida SOS BAYNAT,23 4 ORDEN QUE DEBE CUMPLIRPagar el importe de las responsabilidades reclamadas que ascienden a 11.4953,96 Euros en concepto de principal y 37.137,31 Euros en concepto de intereses y costas que se presupuestan para la presente ejecución.PLAZO O TIEMPO DE CUMPLIMIENTO: En el actoPREVENCIONES LEGALESSi no efectúa el pago, continuará la ejecución hasta la ralización de los bienes hipotecados u otra forma de satisfacción del derecho del ejecutante. Se informa que el número de la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, donde puede efectuar el pago de las cantidades anteriormente mencionadas es el 4961/0000/06/0310/22 (SE ADJUNTA INFORMACION PARA PODER EFECTUAR EL INGRESOEl/los ejecutado/s podrán manifestar ante este juzgado, en su caso, el carácter de vivienda habitual del inmueble hipotecado, hasta el momento de la celebración de la subasta, en los casos en que proceda.Y para que sirva de requerimiento, extiendo el presente para su entrega al/a la requerido/a, a efectos de su conocimiento y cumplimiento de lo ordenado.En CASTELLON a siete de julio de dos mil veintidós EL/LA SECRETARIO

Castelló de la Plana, 15 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL PALACIOS BENITEZ

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