Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jerez de la Frontera
Dirección: Avenida TOMAS GARCIA FIGUERAS 14
Localidad: Jerez de la Frontera
Código Postal: 11407
Provincia: Cádiz
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Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Jerez.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1067/2021
Auto
Fecha: 05/10/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: diez días
ARTURO GALLARDO SERRANO - NIF/NIE: ***6361**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
AUTO
D./Dña. MARÍA TERESA HERRERO RABADÁN
En JEREZ DE LA FRONTERA, a cinco de octubre de dos mil veintiuno
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.-Por el/la Procurador/a Sr./Sra. , en nombre y representación de ASISTENCIA MEDICA ACCIDENTADOS SL, se ha presentado DEMANDA EJECUTIVA solicitando el despacho de ejecución contra ARTURO GALLARDO SERRANO con fundamento en el siguiente TÍTULO EJECUTIVO:
CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION: Sentencia de 5/7/21
JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA: Verbal 356/20.
EJECUTANTE: ASISTENCIA MEDICA ACCIDENTADOS SL.
EJECUTADO: ARTURO GALLARDO SERRANO.
PRINCIPAL OBJETO DE RECLAMACIÓN: 359 euros.
PRESUPUESTO PARA INTERESES Y COSTAS: 107 euros.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Establece el vigente art. 551.1 LEC que, presentada la demanda ejecutiva, siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, el título ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y los actos de ejecución que se soliciten sean conformes con la naturaleza y el contenido del título, el tribunal dictará auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.
SEGUNDO.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 549 y 550 LEC sobre la demanda ejecutiva y los documentos acompañados en el presente se caso, se cumplen todos los requisitos y presupuestos exigidos para el despacho de ejecución, siendo válido el título ejecutivo, siendo la cantidad reclamada determinada y líquida, no excediendo los intereses y costas reclamados de los límites establecidos en el art. 575 LEC, y siendo las actuaciones ejecutivas interesadas conformes al título presentado, razones todas ellas por las cuales es procedente dictar el mencionado auto dando la orden general y despacho de la ejecución con el contenido que el mismo art. 551.1 LEC expresa.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, seACUERDA:
Se da la ORDEN GENERALy SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIAa instancia de ASISTENCIA MEDICA ACCIDENTADOS SL, representada por el/la Procurador/a, , en adelante parte ejecutante, contra ARTURO GALLARDO SERRANO, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 359euros de PRINCIPAL, más otros 107euros presupuestados para INTERESESy COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación, .
Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.
Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.
Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUSTÍN MARTÍN ARENAS, DOY FE.
EL/LA MAGISTRADO/A-JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Jerez de la Frontera, 14 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUSTIN MARTIN ARENAS
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