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Documento BOE-J-2022-498710

LLÍRIA. Edicto de 11 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 862/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-498710

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

Correo electrónico: limi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 862/2022

NIG: 4614741120220005034

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 08/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

EMMA BOMFIM - NIF/NIE: ****9356*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Admitir a trámite la demanda presentada por el/la Procurador/a Sr./a. TOCA HERRERA, MOISES EDUARDO, a instancia de ASISA ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U., frente a EMMA BOMFIM , que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.

 

2.- Dése traslado del escrito de oposición al proceso monitorio a la parte demandante, con entrega de la copia del mismo y de los documentos acompañados, para que conteste por escrito en el plazo de DIEZ DIAS conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario.

3.- Se informa al demandante deberá pronunciarse sobre sobre la pertinente de la celebración de vista. La parte demandada NO ha solicitado vista.

Si ninguna de las partes la solicitare y el tribunal no considerase procedente su celebración, se dictará sentencia sin más trámites.

En todo caso, bastará con que una de las partes lo solicite para que el Letrado de la Administración de Justicia señale día y hora para su celebración, dentro de los cinco días siguientes. No obstante, en cualquier momento posterior, previo a la celebración de la vista, cualquier de las partes podrá apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas. En este caso se dará traslado a la otra parte por plazo de tres días y, transcurridos los cuales, si no se hubieran formulado alegaciones o manifestado su oposición, quedarán los autos conclusos para dictar Sentencia si el tribunal asi lo considera.

Asimismo, se indicará a ambas partesque deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Así lo acuerda y firma Doy fe.

Llíria, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

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