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Documento BOE-J-2022-498105

SEVILLA. Edicto de 13 de noviembre de 2022 en procedimiento en materia social número 618/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2022-498105

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 3 de Sevilla

Dirección: Avenida DE LA BUHAIRA 26

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519078

Correo electrónico: AtPublico.JSocial.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 618/2018

NIG: 4109144420180006673

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 07/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

I ANDALUCIA DENTAL PROYECTOS ODONTOLOGICOS SLU - Nº B87251021

VICENTE CASTAÑERBLASCO - NIF/NIE: ***6456**

ANTONIO JAVIER GARCIA PELLICER - NIF/NIE: ***2781**

JUAN GARRIDO LOPEZ - NIF/NIE: ***5562**

JOSE MARIA GARRIDO LOPEZ - NIF/NIE: ***5562**

LUIS SANS HUECAS - NIF/NIE: ***6243*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

FALLO

Estimar de forma parcial la demanda interpuesta por MARÍA AUXILIADORA JIMÉNEZ ÁLVAREZ contra ANDALUCÍA DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U., condenando a ésta al pago de las siguientes cantidades:

187,20 euros en concepto de diferencias salariales más los intereses del art. 29.3 ET desde el 6 de junio de 2018 hasta su completo pago.

1.067,31 euros en concepto de horas extras más los intereses del art. 29.3 ET desde el 6 de junio de 2018 hasta su completo pago.

1.300,08 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas más los intereses del art. 29.3 ET desde el 6 de junio de 2018 hasta su completo pago.

2.455,70 euros en concepto de indemnización por extinción de relación laboral más los intereses del art. 1108 CC desde el 6 de junio de 2018 y los del art. 576 LEC desde la fecha de esta sentencia.

Desestimar la demanda contra VICENTE CASTAÑER BLASCO, ANTONIO JAVIER GARCÍA PELLICER, LUIS SANS HUESCA, JOSÉ MARÍA GARRIDO LÓPEZ Y JUAN GARRIDO LÓPEZ.

No ha lugar a hacer pronunciamiento contra FOGASA sin perjuicio de su obligación de pasar por esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, y que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE SEVILLA, debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la misma.

Sevilla, 13 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA AUXILIADORA ARIZA FERNANDEZ

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