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Documento BOE-J-2022-497102

SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA. Edicto de 11 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 937/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2022-497102

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de San Cristóbal de la Laguna

Dirección: Plaza DEL ADELANTADO S/N

Localidad: San Cristóbal de la Laguna

Código Postal: 38200

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922924280

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 937/2022

NIG: 3802342120220008109

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 20/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

ARIANNA PERERA HERNÁNDEZ - NIF/NIE: ***5050**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTOTRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZARJuzgado de Primera Instancia Nº 4 (Antiguo mixto Nº 4) de San Cristóbal de La Laguna.ASUNTO EN QUE SE ACUERDAEl arriba referenciado.PERSONA A LA QUE SE EMPLAZAARIANNA PERERA HERNANDEZ Domicilio: Calle Sabino Berthelot, 31, planta 2, 38202 - La Laguna.OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOCONTESTAR A LA DEMANDA.TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este Juzgado, sito en Plaza del Adelantado s/n .PLAZO PARA COMPARECER10 DÍASPREVENCIONES LEGALES- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (arts.496.1 y 497.1 LEC).- Que la contestación a la demanda deberá verificarse por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC) salvo que se trate de demandas de reclamación de cantidad inferior a 2000 euros,1 pudiendo entonces comparecer por sí mismo sin asistencia ni de abogado ni de procurador. En este caso, existen impresos normalizados a su disposición en el Juzgado que podrá emplear para la contestación a la demanda (art. 438.1 párr. 2º de la LEC).- Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el plazo de TRES DÍAS siguientes a recibir la cédula de emplazamiento (art.33.2, 2º párrafo de la LEC).- Que la parte actora comparecerá asistida de Elegir párrafo y que si ella/s se propone/n comparecer con los mismos profesionales deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de TRES DÍAS desde el emplazamiento.- Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (art.155.5 párrafo primero de la LEC).En San Cristóbal de La Laguna, a 20 de julio de 2022. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

San Cristóbal de la Laguna, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA PILAR JIMENEZ CAMACHO

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