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Documento BOE-J-2022-494531

MADRID. Edicto de 11 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 96/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-494531

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930547

Correo electrónico: mercantil2@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 96/2022

NIG: 2807900220220049330

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de la mercantil MPH Abril S.L.U.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª Rosa M" Castedo Bartolome, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid,

ANUNCIA

1.- Que en el procedimiento concursal número 96/2022, por auto de fecha 25/10/2022, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a MPH ABRIL S.L.U., con C.I.F.: B88546460, con domicilio en la calle Pradillo n° 9, 4°-D, 28002 Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 y siguientes del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda intervenido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es la Abogada Dª Ana Isabel Moreno Salmerón, con domicilio postal en la calle Zaragoza 21 dúplex E, 11402 Jerez de la Frontera (Cádiz), Tel.: 678 671 001/Fax.: 956 34 34 14, y dirección electrónica “a.morenosalmeron@gmail.com”, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid