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Documento BOE-J-2022-494526

MADRID. Edicto de 11 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 250/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-494526

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930547

Correo electrónico: mercantil2@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 250/2022

NIG: 2807900220210470572

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de la sociedad Impreform S.A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª Rosa M" Castedo Bartolome, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid,

ANUNCIA

1.- Que en el concurso Concurso Voluntario 250/2022, por auto de fecha 05/10/2022, se ha declarado en concurso voluntario con apertura de la fase de liquidación, a IMPREFORM S.A.., con C.I.F.: A81235251, con domicilio en el Polígono Industrial La Fuensanta 2, Parcela 30 de Móstoles (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 256 y 257 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es la sociedad Instituto Concursal S.L.P. con C.I.F.: B06612568, con domicilio postal en la calle Prim 9, Portal 3, 1°-B, 06001 Badajoz, Tel.: 924 225 345, y dirección electrónica “impreform@institutoconcursal.es”, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid