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Documento BOE-J-2022-494516

MADRID. Edicto de 10 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 363/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-494516

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 16 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917200890

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 363/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 31/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de D. Eduardo Fisbein Bresler con NIE X0094619C

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso consecutivo 363/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0318581, por auto de fecha 31/10/2022, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D./Dña. EDUARDO FISBEIN BRESLER, con nº de identificación X0094619C.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 y siguientes del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es D. ALEJANDRO SANCHEZ-PEDREÑO KENNAIRD, con domicilio postal en Calle Hermosilla, 20, 1º Interior, 28001 Madrid, y dirección electrónica alejandrosp@iemediacion.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255 y siguientes del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso.

Madrid, 10 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO

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