Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549466
Correo electrónico: mercantil6.barcelona@xij.gencat.cat
Concursal
Número: 1230/2022
Auto
Fecha: 07/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de la empresa Acusel Control, s.l.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
José Antonio Alonso Almaraz ,el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto dictado por este órgano judicial:
Número de asunto. Concurso sin masa 1230/2022 Sección: F
NIG: 0801947120228005243
Fecha del auto de declaración. 3/11/2022
Clase de concurso. Concurso sin masa
Entidad de concurso. ACUSEL CONTROL SL con CIF B-65246316
Llamamiento a los acreedores. Llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.
2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.
3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.
En el caso de que, dentro de plazo, acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo formularan solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe, el juez, mediante auto, procederá al nombramiento para que, en el plazo de un mes a contar desde la aceptación, emita el informe solicitado. En el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.
De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 14.493913,17 €.
Barcelona, 11 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZ
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