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Documento BOE-J-2022-493450

ALCALÁ DE HENARES. Edicto de 9 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 1065/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-493450

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alcalá de Henares

Dirección: Calle COLEGIOS 4-6

Localidad: Alcalá de Henares

Código Postal: 28801

Provincia: Madrid

Teléfono: 918839409

Correo electrónico: jpl1@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1065/2021

NIG: 2800500220210018552

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/11/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Un mes

DESTINATARIOS

MIGUEL ANGEL CARRACEDO CARRASCO - NIF/NIE: ***0197**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.-Que en el Concurso Abreviado 1065/2021, por auto de fecha 3 de noviembre de 2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D. Miguel Angel Carracedo Carrasco.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es: Dª. Ana María García-Mochales Avila, con domicilio postal Calle Carreteros, nº 1 bajo 45003 Toledo, y dirección electrónica: concursal.anagarciamochales@gmail.com, ello para que los acreedores a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal. es

Alcalá de Henares, 9 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GLORIA MAYLLO GARCIA

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