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Documento BOE-J-2022-493432

LUGO. Edicto de 8 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 202/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LUGO
Referencia:
BOE-J-2022-493432

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lugo

Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N

Localidad: Lugo

Código Postal: 27002

Provincia: Lugo

Teléfono: 982294700

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 202/2022

NIG: 2702842120220002685

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FELICIA REYES AMANCIO - NIF/NIE: ***8378**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 DE LUGO

-

ARMANDO DURAN S/N

Teléfono: 982-294701/02, Fax: ..

Correo electrónico: ..

Equipo/usuario: MF

Modelo: N65925

N.I.G.: 27028 42 1 2022 0002685

ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000202 /2022

Procedimiento origen: JVB JUICIO VERBAL 0000515 /2022

Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD

EJECUTANTE D/ña. EOS SPAIN SL

Procurador/a Sr/a. ALEJANDRO VILLALBA RODRIGUEZ

Abogado/a Sr/a.

EJECUTADO D/ña. FELICIA REYES AMANCIO REYES

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a.

E D I C T O

En este órgano judicial se tramita EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 202 /2022, seguido a instancias de EOS SPAIN SL, contra FELICIA REYES AMANCIO REYES, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD en los que, en fecha 16 de septiembre de 2022, se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor del/de la ejecutante, EOS SPAIN SL, frente a FELICIA REYES AMANCIO REYES, parte ejecutada.

2.- Se despacha ejecución por importe de 2.259,53 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 677,86 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.

En la misma fecha, recayó Decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

-Efectuar averiguación laboral y patrimonial de bienes y derechos de la parte ejecutada, mediante consulta telemática a las bases de datos de los organismos públicos a los que tiene acceso este Juzgado, con traslado de su resultado a la parte ejecutante junto con la presente resolución y la Orden General de Ejecución para que inste lo que a su derecho convenga.

Declarar embargados los siguientes bienes como de la titularidad del ejecutado:

-Saldos existentes en las cuentas de las que sea titular la ejecutada en entidades bancarias

-Devoluciones tributarias que por todos los conceptos le puedan corresponder

Embargos que se practicarán telematicamente

Las cantidades deberán ser ingresadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en la entidad BANCO SANTANDER, con el número 2293 0000 05 0202 22 a disposición del ejecutante.

En caso de que el ingreso se realice por transferencia bancaria, el CCC de la cuenta de destino del ingreso será IBAN ES55 00493569 92 0005001274, y, en el campo observaciones o concepto de la transferencia, se consignarán los 16 dígitos correspondientes al presente procedimiento.

Y, para que sirva de notificación en forma a FELICIA REYES AMANCIO, expido y firmo la presente en LUGO, a siete de noviembre de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Lugo, 8 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON

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