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Documento BOE-J-2022-491993

LLÍRIA. Edicto de 8 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 812/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-491993

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

Correo electrónico: limi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 812/2017

NIG: 4614741120170004431

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 04/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JUAN ANTONIO MARQUEZ CONTRERAS - NIF/NIE: ***3190**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

2.- De la propuesta de liquidación de intereses que se acompaña por importe de 687,77 Euros dése traslado a JUAN ANTONIO MARQUEZ CONTRERAS, parte ejecutada, para que, en el plazo de DIEZ DIAS, conteste lo que estime conveniente.3.- Adviértase a dicha parte que se entenderá que presta su conformidad a la relación presentada por la parte ejecutante, si deja pasar el plazo sin evacuar el traslado, o si, se limita a negar genéricamente la existencia de daños y perjuicios, sin contestar los puntos en que se discrepa de la relación presentada por el acreedor, ni expresa las razones y el alcance de la discrepancia. En cualquiera de los casos anteriores, se aprobará la relación del ejecutante y se hará efectiva en la forma establecida para las condenas dinerarias.1.- Anterior escrito de solicitud de tasación de costas y documentación acompañada únanse a los autos de su razón y practíquese tasación de costas.2.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Llíria, 8 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

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