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Documento BOE-J-2022-487006

VALÈNCIA. Edicto de 7 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 483/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-487006

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 483/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados concurso de D.Eugenio Garcia Belenguer

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000483/2022de la mercantil de EUGENIO GARCIA BELENGUER, habiéndose dictado en fecha 02/11/2022 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE VALENCIA auto de aprobación del plan de liquidación, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"APROBAR EL PLAN PARA LA REALIZACION DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO del deudor presentado por la administración concursal en fecha 23/09/2022 en sus propios términos.

Fórmese la Sección Sexta del Concurso que se encabezará con certificación de ésta resolución y del auto de declaración del concurso.Cualquiera de los acreedores del presente concurso o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la sección 6ª alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los DIEZ días siguientes a la última publicación que se hubiere dado a ésta resoluciónBien entendido que los acreedores y demás interesados en la calificación carecen de legitimación para pedir una determinada calificación, pudiendo intervenir como coadyuvantes de la concreta petición de calificación formulada por la administración concursal y/o el Ministerio Fiscal, y para apelar. A éstos efectos se les reconoce la condición de parte. Sólo la administración concursal y, en su caso, el Ministerio Fiscal, pueden formular propuestas de resolución mediante informe razonado y documentado sobre hechos relevantes para la calificación del concurso, la explicación de las causas con arreglo a las cuales procede calificar, en su caso, culpable el concurso y, también en su caso, las concretas consecuencias de la calificación culpable (STS 03/02/2015; ROJ STS 560/2015)"

Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 7 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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