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Documento BOE-J-2022-486946

MADRID. Edicto de 7 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 455/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-486946

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

Correo electrónico: mercantil5@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 455/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, hace saber:

1.- Que en el Concurso consecutivo 455/2022, con Número de IdentificaciónGeneral del procedimiento 28.079.00.2-2022/0390534, por auto de fecha 26/10/2022, se ha declarado en concurso consecutivo, que se tramitará por el procedimiento abreviado,a D./Dña. MARIA DEL CARMEN MIGUEL MARTIN y D./Dña. ENRIQUE CHICHON GONZALEZ, con nº de identificación 0*****11B y 0*****88J respectivamente, y domiciliados en Pedrezuela (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicaciónde este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que los deudores quedas suspendidos en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es D./Dña. JULIO HERCE CASADO, con domicilio postal en C/ Eugenio Salazar, 12, 1ºA 28002 (Madrid), y dirección electrónica julioherce@cemad.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 717 TRLC.

Madrid, 7 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON

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