Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Correo electrónico: jinstanciamerca.4.jaen.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 202/2021
Auto
Fecha: 13/07/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 506
del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC),
Anuncia
1º.- Que en el procedimiento número 202/2021, con NIG 2305042120210006469,
por auto de fecha 13/07/2022 se ha acordado la reapertura del concurso de acreedores consecutivo
al deudor D. RAMON CRISTINO SANCHEZ con DNI. Número 26.195.725-J, y Dª ANGELA
EGEA MORENO, con D.N.I. número 26.200.149-K.
2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación a efectos de liquidar los bienes y
derechos aparecidos, así como la suspensión del ejercicio de las facultades de administración
y disposición sobre su patrimonio del concursado, con todos los efectos establecidos para
ella en el título VIII del TRLC. Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos
con cargo a la masa activa de conformidad con lo establecido en los fundamentos jurídicos
de esta resolución.
La finalidad de dicha liquidación será el pago, hasta que alcance, de los créditos
contra la masa y concursales de acuerdo con la actualización realizada por el Administrador
Concursal de los textos definitivos del inventario y de la lista de acreedores en el plazo de
dos meses y conforme a lo establecido en el fundamento juridico TERCERO.
3º.- Se nombra Administrador concursal a Dña. Carmen Millán Cerceda.
4º.- Publíquese la presente resolución en la forma prevista por los arts 552 y ss.
TRLC
5º.- Inscríbase en el Registro Civil de la localidad del nacimiento del deudor la reapertura
del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición
del concursado y el nombre de los administradores (Art. 557).
6º.- Fórmense las secciones segunda, tercera, cuarta y quinta del concurso que se encabezarán
con testimonio del auto de reapertura.
7º- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.
es/concursal-web/
Jaén, 8 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid