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Documento BOE-J-2022-478143

MÁLAGA. Edicto de 2 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 512/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-478143

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951939040

Correo electrónico: mercantil1.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 512/2022

NIG: 2906742120220027012

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso de MANUEL AGUSTIN TORRALBO APONTE

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en el procedimiento número 512/2022, (NIG 2906742120220027012), por auto de fecha 18 de octubre de 2022 se ha declarado en concurso consecutivo voluntario al deudor MANUEL AGUSTIN TORRALBO APONTE con DNI nº 25072807R,domicilio en La Alquería (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Alquería (Málaga). En dicha resolución se ha acordado asimismo la apertura de la fase de liquidación.

2º.- Que la deudora ha sido suspendida de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra la sociedad PAEZ SERRANO AUDITORES S.L.U, con CIF B85892909, sociedad que ha designado, conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC, a D. DAVID PAEZ HERNANDEZ, provisto de DNI 31649827X, abogado, como la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Málaga, 2 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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