Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-471080

PALENCIA. Edicto de 27 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 464/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - PALENCIA
Referencia:
BOE-J-2022-471080

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Palencia

Dirección: Plaza JUZGADOS (DE LOS) 1

Localidad: Palencia

Código Postal: 34001

Provincia: Palencia

Teléfono: 979167722

Correo electrónico: mixto1.palencia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 464/2022

NIG: 3412041120220002985

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Acreedores de Mayi Victoria Mendez Zapata

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto de declaración de cocnurso. Se hace saber que se ha acordado:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial de Concurso voluntario (Sección 1ª, Declaración de Concurso) 464/2022, se ha dictado, en fecha 26/10/2022, Auto de declaración de concurso voluntario de la deudora Dª Mayi Victoria Mendez Zapata, con DNI:71981790-R cuyo domicilio lo tiene en Palencia.

2º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores que representen al menos el cinco por ciento del pasivo, a fin de que en el plazo de quince días, a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal, para que presente informe razonado y documentado sobe los siguientes extremos: 1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

3º.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Palencia, 27 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE DEL BIEN GARCIA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid