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Documento BOE-J-2022-471015

PONTEVEDRA. Edicto de 27 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 169/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2022-471015

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pontevedra

Dirección: Calle HORTAS S/N

Localidad: Pontevedra

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886206747

Correo electrónico: mercantil2.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 169/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Conclusión del concurso de la entidad GRUPO AVANTFOR, SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte Dispositiva: ACUERDO:

I.-Declarar la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO de los autos nº.169/2021, de la entidad GRUPO AVANTFOR, SL, titular del CIF B-94.146.263, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en el Tomo 4.158 de la sección de Sociedades, Folio- 10, Hoja-PO 60975, y con domicilio social en lugar de Hospital, nº 5 B, Tomiño, Pontevedra, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones.

II.-Aprobar la RENDICIÓN DE CUENTAS presentada por la Administración Concursal, sin que dicha aprobación prejuzgue la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.

III.-CESAR las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, así como los efectos del concurso de acreedores.

IV.-Acordar la EXTINCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA DEUDORA, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro una vez sea firme la presente sentencia. (…)

MODO DE IMPUGNACIÓN: notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME y que frente a ella no cabe interponer recurso alguno, ex art. 481.1 TRLC.

Así lo dispone, manda y firma Dª. Rosario Rodríguez López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Pontevedra.

Doy fe.

Pontevedra, 27 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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