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Documento BOE-J-2022-470983

MADRID. Edicto de 26 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 559/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-470983

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 559/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

Alegaciones GSI Técnicas Reunidas de Climatización, S.L. (B87263414)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO D. CELSO GONZALEZ VOCES, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ANUNCIA 1.- Que en el Concurso Necesario Abreviado 559/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0037858, por auto de fecha 21/10/2022, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a GSI TECNICAS REUNIDAS DE CLIMATIZACION, S.L., con nº de identificación B87263414. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y siguientes del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Tablón Edictal Judicial Único. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Dña. MARIA SOLER FERRUS, con domicilio postal en Calle Pintor Sorolla 1, 46002 (Valencia), y dirección electrónica concursogsi@es.andersen.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y siguientes del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 26 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CELSO GONZALEZ VOCES

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