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Documento BOE-J-2022-470980

MADRID. Edicto de 26 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 385/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-470980

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 385/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: cinco dias

DESTINATARIOS

Concurso de la mercantil Febereagle SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el Concurso Ordinario 385/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0344215, por auto de fecha 26/10/2022, se ha declarado en concurso voluntario, a Febereagle SL, con CIF: B86865433, y domiciliado en Calle de Urano nº 21 Puerta A de Móstoles (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Javier Fernández de Córdova Casani, con domicilio postal en C/ de Antonio Rodríguez Villa, 12 Bajo Izda., 28002 Madrid, teléfono y dirección electrónica fernandezdecordova@icam.es , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 26 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid