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Documento BOE-J-2022-465418

LEÓN. Edicto de 25 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 341/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LEÓN
Referencia:
BOE-J-2022-465418

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de León

Dirección: Avenida INGENIERO SAENZ DE MIERA 6

Localidad: León

Código Postal: 24009

Provincia: León

Teléfono: 987227754

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 341/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Acreedores legitimados para solicitar el nombramiento de administrador concursal

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Concurso Voluntario nº 341/2022, seguido respecto de la concursada MIRIAN LORA GARABITOS, con NIF 71471966H, publicación Edicto dando traslado a los acreedores para solicitar el nombramiento de administrador concursal. Se adjunta Edicto

E D I C T O

D./Dª. HERIBERTO JIMENO ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO.1ª INSTANCIA N.8 Y MERCANTIL de LEON, por el presente, HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000341 /2022 y NIG nº 24089 42 1 2022 0009499, se ha dictado en fecha 19 de octubre de 2022 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO del deudor MIRIAN LORA GARABITOS, con DNI nº 71471966H, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el territorio de esta circunscripción.

2.- Por medio del presente, se hace llamamiento a los acreedores que representen al menos el 5% del pasivo para que en el plazo de QUINCE DIAS desde la publicación de la presente resolución puedan solicitar el nombramiento de administración concursal para que presente informe razonado acerca de la existencia de indicios de la realización por el deudor de actos perjudiciales para la masa activa rescindibles con arreglo al TRLC, o de calificación culpable del concurso. En caso de no presentarse ninguna solicitud en tal sentido, el deudor podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

3.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

León, 25 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, HERIBERTO JIMENO ALVAREZ

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