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Documento BOE-J-2022-463644

SUECA. Edicto de 24 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 416/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 259, de 28 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-463644

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Sueca

Dirección: Plaza DEL CONVENT S/N

Localidad: Sueca

Código Postal: 46410

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961700907

Correo electrónico: sumi05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 416/2022

NIG: 4623541120220002018

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 06/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

TRINIDAD DELGADO JORDAN - NIF/NIE: ***6215**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5 DE SUECA

Plaza DEL CONVENT,S/N 3ª pl

TELÉFONO: 96 183 28 01 - FAX: 96 183 28 04 - EMAIL: sumi05_val@gva.es

N.I.G.:46235-41-1-2022-0002018

Procedimiento: Monitorio [MON] - 000416/2022-

De: D/ña. COM PROP RONDA JOAN FUSTER Nº 30

Abogado/a Sr/a. BLANCH VIDAL, JOSE MANUEL

Procurador/a Sr/a. PONS FUSTER, PILAR

Contra: D/ña. TRINIDAD DELGADO JORDAN

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

NÚRIA BARGUES ANGEL

En SUECA, a seis de julio de dos mil veintidós.

Con la anterior solicitud y documentación presentada por El procurador de los tribunales, Sr./a. PONS FUSTER, PILAR, en nombre y a instancia de COM PROP RONDA JOAN FUSTER Nº 30, siendo los documentos aportados de los previstos en el artículo 812.1 de la L.E.C., frente a TRINIDAD DELGADO JORDAN, en reclamación de 4920,51 euros, acuerdo:

1.- Formar autos de procedimiento monitorio, que se sustanciará de acuerdo con lo previsto en los artículos 812 y siguientes de la L.E.C.

2.- Declarar competente territorialmente este tribunal para conocer de dicha solicitud, en atención a que, según se manifiesta, el deudor tiene su domicilio en esta circunscripción (artículo 813 de la L.E.C.), salvo que se trate de la reclamación de deuda a que se refiere el nº 2 del apartado 2 del artículo 812, en cuyo caso será también competente el Juzgado del lugar donde se halle la finca, a elección del solicitante.

3.- Que la petición inicial cumple los requisitos del artículo 814 de la L.E.C., pues se indica la identidad y domicilio del acreedor y deudor, el lugar en que reside o puede ser hallado, y el origen y cuantía de la deuda, acompañándose la documentación apropiada.

4.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 815.2 de la L.E.C. a la parte deudora para que, en el plazo de VEINTE DIAS pague al peticionario la cantidad de 4920,51 euros, acreditándolo ante este tribunal, o comparezca ante el mismo alegando sucintamente en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada.

5.- Notificar el requerimiento en la forma prevista en el artículo 161 de la L.E.C., con apercibimiento de que, de no pagar ni comparecer alegando las razones de la negativa, el secretario judicial dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución bastando con la mera solicitud, según lo previsto en el artículo 816 de la L.E.C.

En el acto del requerimiento se da traslado a la parte deudora, mediante entrega de las respectivas copias, de la solicitud del procedimiento monitorio y de los documentos acompañados.

6.- Apercibir igualmente al deudor que si quiere oponerse, deberá realizarlo mediante escrito de oposición dentro del término de VEINTE DIAS, que habrá de venir firmado por Abogado y Procurador, si la cantidad reclamada excede de 2.000 euros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta. Siendo requisito indispensable para su admisión la constitución del depósito de 25 € en la cuenta correspondiente a este expediente 2770-0000-08-0416-22 del SANTANDER, según lo establecido en Ley Orgánica 1/2009.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sueca, 24 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MICHELLE SOLANES KLASCHKA

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