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Documento BOE-J-2022-461619

MÁLAGA. Edicto de 21 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 442/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-461619

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 14 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951939034

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.14.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 442/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 17/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CARMEN ROSA ARROYO TUEROS - NIF/NIE: ***6359**

MARÍA ISABEL ARROYO - NIF/NIE: ****5218*

SALVATORE LA ROCCA - NIF/NIE: ****5232*

MACIEJ RAJEWSKI ZAK - NIF/NIE: ***7376**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA nº185/2022

En Málaga a diecisiete de octubre de dos mil veintidós.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº14 de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Ordinario que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de CREDIFIMO S.A.U., representada por el Procurador de los Tribunales señor Moreno Kustner y asistido de la Letrada señora Ortega Sánchez, contra don Salvatore La Roccay doña María Isabel Arroyo, en su condición de prestatarios, y frente a don Maciej Rajewski Zak y doña Carmen Rosa Arroyo Tueros, en su condición de fiadores, todos ellos en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Moreno Kustner, en nombre y representación de CREDIFIMO S.A.U., sobre vencimiento anticipado de préstamo con garantía hipotecaria de fecha de 21 de enero de 2005 y otros, frente a don Salvatore La Roccay doña María Isabel Arroyo, en su condición de prestatarios, y frente a don Maciej Rajewski Zak y doña Carmen Rosa Arroyo Tueros, en su condición de fiadores, todos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y DECLARO el vencimiento anticipado del contrato de marras suscrito por las partes, y con ello, debo condenar y CONDENO a los demandados al pago de 100.145,65 euros, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, sin que haya lugar a acoger la posible realización del derecho real de hipoteca, asumiendo cada parte las costas generadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución con instrucción de posible recurso de apelación.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Málaga, 21 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MIGUEL GONZALO CAPELLIN

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