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Documento BOE-J-2022-461162

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 21 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 1372/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-461162

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621747

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1372/2021

NIG: 1204042120210011343

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 18/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: durante 10 días

DESTINATARIOS

EL PUNTO CRIOLLO, S.L. - Nº ****8913*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA nº 189/22En Castellón a 18 de octubre de 2022 FALLOESTIMO INTEGRAMENTE la demanda formulada por D. José Antonio Molina Porras en representación de la mercantil PRODUCTOS DE HIGIENE PROFESIONAL SLU contra EL PUNTO CRIOLLO SL CONDENO a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de CINCUENTA Y OCHO EUROS Y SETENTA Y SEIS CENTIMOS (58,76 €) junto con los intereses de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de conformidad con lo dispuesto en el Fundamento Jurídico Cuarto, y 40 € de gastos de reclamación, así como al pago de las costas procesales causadas.Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no proceder recurso alguno conforme a la redacción del art. 455.1 LEC, según el cual "las sentencias dictadas en toda clase de juicios, los autos definitivos y aquellos otros que la ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 euros".Líbrese certificación de la presente sentencia para su unión a autos, con incorporación de la original en el Libro de Sentencias.Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de EL PUNTO CRIOLLO, S.L. , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.En CASTELLON a dieciocho de octubre de dos mil veintidós.

Castelló de la Plana, 21 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, NOELIA SEDANO DOMINGO

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