Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Gijón
Dirección: Plaza DECANO EDUARDO IBASE S/N
Localidad: Gijón
Código Postal: 33207
Provincia: Asturias
Teléfono: 985175542
Civil
Número: 108/2021
NIG: 3302442120210001180
Sentencia
Fecha: 09/06/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
LA CASA DE LOS COCHES S.L. - Nº ****9486*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
S E N T E N C I A
En Gijón, a nueve de junio de dos mil veintidós.
Vistos por el Sr. D. Rafael Climent Durán, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal civil, seguidos ante este Juzgado con el número de registro 108/22, en los que ha sido parte demandante D. ARÁNZAZU DÍEZ DÍEZ, representada por la Procuradora de los Tribunales D. BEATRIZ NOSTI GARCÍA, y dirigida por el Letrado D. JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ MENÉNDEZ, y siendo demandada la entidad LA CASA DE LOS COCHES, S.L.U., que no compareció al acto del juicio y fue declarada en rebeldía.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Beatriz Nosti García, en nombre y representación de Dª. ARÁNZAZU DÍEZ DÍEZ, contra le entidad LA CASA DE LOS COCHES, S.L.U:
1.- Debo declarar y declaro a Dª. Aránzazu Díez Díez, como desistida del contrato de compraventa suscrito con fecha de nueve de octubre de dos mil veinte con la entidad La Casa de los Coches, S.L.U., que tenía por objeto un automóvil marca Ford, modelo Focus C.Max, matrícula 7882.JJW.
2.- Debo condenar y condeno a la entidad demandada La Casa de los Coches, S.L.U. a que pague a la demandante Dª. Aránzazu Díez Díez la suma de DOS MIL SETECIENTOS VEINTIÚN EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (2.721,50.- euros), con más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda.
3.- Debo declarar y declaro que el vehículo vendido queda a disposición de la entidad vendedora La Casa de los Coches, S.L.U., para su retirada cuando tenga por conveniente.
4.- Se condena a la parte demandada al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
PUBLICACIÓN.- En el mismo día ha sido leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Magistrado Juez que la dictó y suscribe, estando celebrando audiencia pública ordinaria. Doy fe.
Gijón, 24 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PALOMA DIEGO PRENDES
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