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Documento BOE-J-2022-460202

HUÉRCAL-OVERA. Edicto de 21 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 493/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2022-460202

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa

Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204

Localidad: Huércal-Overa

Código Postal: 04600

Provincia: Almería

Teléfono: 950109977

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Huercal.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 493/2017

NIG: 0405342120170001449

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 17/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOLITA TIREVICIUTE - NIF/NIE: ****2574*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO MIXTO Nº3 DE HUERCAL-OVERA

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 493/2017. Negociado: 2

Sobre: Desahucio y reclamación de rentas

De: D/ña. BUILDINGCENTER, S.A.U.

Procurador/a Sr./a.: ELENA MEDINA CUADROS

Letrado/a Sr./a.: PEDRO HERNANDEZ-CARRILLO FUENTES

Contra D/ña.: JOLITA TIREVICIUTE

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda dar por terminado el presente procedimiento de desahucio instado por la

Procuradora D/Doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de

BUILDINGCENTER, S.A.U, frente a JOLITA TIREVICIUTE, pudiendo la parte

demandante instar ejecución por importe de 3048 euros, más las cantidades devengadas con

posterioridad a la demanda y hasta el momento del efectivo lanzamiento, bastando para ello

la mera solicitud.

Se señala para el lanzamiento de la/s parte/s demandada/s de la finca descrita en el

antecedente de hecho primero de esta resolución, para el próximo día 29 DE NOVIEMBRE

DE 2022 A LAS 11:00 HORAS de su mañana, dándose comisión al Auxilio Judicial y

Gestor habilitado del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y sirviendo esta

resolución de mandamiento en forma.

Se advierte a la parte demandada que conforme a lo dispuesto en el art. 703 de la

LEC, los bienes que no sean objeto del titulo, si no fueren retirados a la fecha del día de la

posesión se consideraran bienes abandonados a todos los efectos.

Se autoriza expresamente a la Comisión Judicial para el caso de que sea necesario,

por encontrarse cerrado el inmueble, o no consentirse la entrada, a que se lleve a cabo la

misma, adoptando las medidas que fuesen necesarias, recabando, incluso, el auxilio de la

fuerza pública.

Ofíciese al Ayuntamiento de Pulpí participándole que se va a proceder a la práctica de

la diligencia indicada, a fin de que se preste a la Comisión Judicial el auxilio preciso para su

práctica y para que si, como consecuencia de la misma quedasen bienes en la vía pública,

sean retirados y trasladados al Depósito Municipal.

Expídase oficio a la Jefatura de Policía Local de Pulpí, comunicándole el

señalamiento efectuado para que se preste el auxilio que fuere preciso a la Comisión Judicial

en la práctica de la diligencia.

Se imponen las costas a la/s parte/s demandada/s.

Notifíquese la presente resolución a la parte demandada remitiendo a tal efecto la

documentación oportuna al Servicio Común de notificaciones y embargos de este partido

judicial.

Se acuerda unir el original de esta resolución al libro de decretos civiles de carácter

definitivo, quedando testimonio bastante en los autos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el/la

Letrado/a de la Administración de Justicia que lo dicta.

Huércal-Overa, 21 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ

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