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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31071
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 321/2022
NIG: 3120147120220000290
Auto
Fecha: 04/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores no personados en el concurso de FERMIN ALEJANDRO VIDAURRETA AZANZA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE PAMPLONA/IRUÑA
A N U N C I A
1º.- Que en el Concurso Consecutivo Abreviado número 0000321/2022, NIG 3120147120220000290, por auto de 04 de octubre de 2022, se ha declarado en concurso al deudor DON FERMIN ALEJANDRO VIDAURRETA AZANZA, con DNI 18210559X y domicilio en Pamplona.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidos por la administración concursal.La Administración Concursal está integrada por el mediador concursal D. ANGEL RAMON SADA MORACHO, con domicilio postal en AVDA. ZARAGOZA, NUM. 2, ESC. 1, 1º C, 31500 TUDELA (Navarra) y dirección electrónica: asada@sadapaz.com.
3º.- Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 TRLC.Dese traslado por plazo de 10 días a los acreedores para que puedan formular impugnaciones contra el inventario de bienes y derechos y/o la lista de acreedores contenidos en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 713 del TRLC. Las partes personadas podrán impugnar el inventario y el listado de acreedores en el plazo de 10 días, que se computará, para quienes hubieran recibido la notificación del juzgado de la presentación del informe, desde la recepción de esta notificación. Para los demás interesados, el plazo de diez días se computará desde la última publicación de entre las establecidas por la ley o, en su caso, acordadas por el juez.
4º.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y tener por presentado el plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de 15 DÍAS para que los deudores y los acreedores puedan realizar observaciones o propuestas de modificación al mismo y formular también, observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficiode la exoneración del pasivo insatisfecho cuando proceda. El plazo de quince días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Tablón Edictal Judicial Único (BOE).
5º.- Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo representados por procurador y asistidos de letrado.
Pamplona/Iruña, 19 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE
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