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Documento BOE-J-2022-453833

MADRID. Edicto de 17 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 292/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-453833

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 292/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: un mes

DESTINATARIOS

Centros de Investigación en Nutrición y Salud CIF B-86568094

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado de lo mercantil nº 4 de Madrid Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 292/2021, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2021/0102317, por auto de fecha 25 de mayo de 2021 y auto complemento de fecha 5 de octubre de 2022 , se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Centros de Investigación en Nutrición y Salud CIF B-86568094, y domiciliado en Madrid Calle Artistas nº 51, puerta 6. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 28 y 35 del TRLC de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Mario Sánchez Fernández, Abogado con domicilio postal Calle rodríguez San Pedro nº 66 de Madrid , y dirección electrónica msanchez@diazcano-abogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Texto Refundido de la Ley concursal, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 17 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

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