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Documento BOE-J-2022-448433

LLEIDA. Edicto de 17 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 138/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 253, de 21 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LLEIDA
Referencia:
BOE-J-2022-448433

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Lleida

Dirección: Calle CANYERET 1

Localidad: Lleida

Código Postal: 25007

Provincia: Lleida

Teléfono: 973700126

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 138/2022

NIG: 2512047120228003518

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores del concurso consecutivo 138/2022 de ANTONI PUNYET SANS con NIF 78086272F

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Declarar finalizada la FASE COMÚN del concurso núm. 138/22

Consta ya abierta la fase de LIQUIDACIÓN, con Sección 5ª

NO procede aprobación de plan de liquidación al no haber bienes y derechos susceptibles de realización.

NO procede la apertura de la Sección Sexta de “calificación del concurso”, al informar la AC que no se prevé la declaración de culpabilidad, ni existen indicios de responsabilidad de terceros, y de acciones de reintegración.

ORDENO colocar el edicto informativo de esta resolución en el Tablón de anuncios de este Juzgado de Primera Instancia núm. 6 con competencia Mercantil de Lleida, así como notificar a la administración concursal, al concursado y a las demás partes personadas el contenido del mismo.

Requiero a la AC para que presente, en su caso, escrito de conclusión del concurso por falta de masa activa, así como la oportuna rendición de cuentas, todo en el plazo de 10 días. Deberá, además, concretar la suma del crédito privilegiado y crédito contra la masa está aún pendiente de pago, a los efectos de determinar el perímetro del BEPI en su caso.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Conforme al artículo 547.1 de la LCON, este auto NO sería apelable, ahora bien, como se dictó la apertura de la liquidación con el mismo auto que declaraba el concurso, sí tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 547.2 de la LCON.

Lleida, 17 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO JOSE CASAS CAPDEVILA

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