Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Teléfono: 953963164
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.3.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1127/2020
Decreto
Fecha: 10/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días para recurrir. Notificación decreto aprobando costas e intereses
JESÚS MIGUEL MORENO CORREDOR - NIF/NIE: ***8701**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
JUZGADO: J.PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE JAEN
JUICIO: Ejecución de títulos judiciales 1127/2020
PARTE DEMANDANTE: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE RESIDENCIAL AL ANDALUS, DE JAEN
PARTE DEMANDADA: JESUS MIGUEL MORENO CORREDOR
SOBRE: Ejecución de títulos judiciales
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: JOSÉ ALBERTO IZQUIERDO DÍEZ
En Jaén, a diez de octubre de dos mil veintidós.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En las presentes actuaciones se ha practicado tasación de costas con fecha de 25/11/2021, de la que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.
SEGUNDO.- Asimismo, se ha dado traslado a las partes de la propuesta de liquidación de intereses devengados hasta la fecha en los presentes autos, según los términos de la resolución condenatoria, sin que tampoco sobre este propuesta se haya formulado por la parte obligada oposición alguna dentro del plazo concedido al efecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 244.3 LEC, transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.
SEGUNDO.- No habiéndose formulado tampoco objeción alguna a la liquidación de intereses propuestos en los presentes autos, conformes a lo dispuesto en el art. 714 LEC, procede igualmente su aprobación.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, se ACUERDA:
Aprobar la TASACIÓN DE COSTAS practicada en este proceso con fecha 25/11/21, por importe de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON TREINTA Y UNO ( 294,31) euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte JESUS MIGUEL MORENO CORREDOR.
Se aprueba igualmente la LIQUIDACIÓN DE INTERESES, ascendente a la suma de VEINTE CON CINCUENTA Y SIETE EUROS (20,57 €), y a cuyo pago viene obligada la parte condenada.
Notifiquese la presente resolución al demandado conforme previente el art. 164 LEC.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de REVISIÓN ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, y el recurrente deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.
Así lo acuerdo y firmo, doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto el Tablón Edictal Judicial Único del Boe para llevar a efecto la diligencia de notificación del decreto inserto.
En Jaén, a diez de octubre de dos mil veintidós
Jaén, 17 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INMACULADA BAREA COBO
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