Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Tarragona
Dirección: Avenida DE ROMA 19 Bajos
Localidad: Tarragona
Código Postal: 43005
Provincia: Tarragona
Teléfono: 977920014
Correo electrónico: mrosellc@xij.gencat.cat
Concursal
Número: 10/2019
Auto
Fecha: 07/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores indeterminados de la meercantil concursada Arena Tamarindo SL
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Joan Holgado Esteban , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Tarragona hago saber que:
En el procedimiento indicado, el día 07/10/2022 se ha dictado una resolución que copiada en su parte bastante dice lo siguiente :
AUTO Nº 195/2022
Juez que lo dicta: Elena De Oro Garnacho
Tarragona, 7 de octubre de 2022.-
PARTE DISPOSITIVA
Declaro concluso el procedimiento concursal de ARENA TAMARINDO, S.L., y el archivo de las actuaciones.
Acuerdo el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del la parte concursada que estén subsistentes en este momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Acuerdo la extinción de la parte concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Tarragona a cuyo efecto se expedirá el correspondiente mandamiento.
Esta resolución será notificada y publicada conforme al art. 482 LC, en la misma forma que se acordó para la declaración de concurso. Y será inscrita en los registros en que se inscribió dicha declaración y comunicada a los órganos judiciales y/o administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio de la parte concursada, a fin de que, en su caso, los archiven definitivamente.
Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para su curso y gestión, y se le concede un plazo de DIEZ días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.
Si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss LC.
Declaro aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art. 481 LC.
Lo acuerdo y firmo.
El Juez
En Tarragona, a 10 de octubre de 2022.
El Letrado de la Administración de Justicia
Tarragona, 13 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN HOLGADO ESTEBAN
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