Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante
Dirección: Avenida AGUILERA 53
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 965936084
Correo electrónico: alpi01_ali@gva.es
Civil
Número: 49/2021
Diligencia
Fecha: 10/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
EL HABIB EL AMMARI - NIF/NIE: ****2685*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrado/a de la Administración de Justicia Sr./a.: ISAAC CARLOS BERNABÉU PÉREZ.
En ALICANTE, a diez de octubre de dos mil veintidós.
Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada, con las advertencias siguientes:1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 de la L.E.C.).2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
TASACIÓN DE COSTAS
Tasación de Costas que practica el Letrado de la Administración de Justicia que suscribe en el procedimiento monitorio número 49/2021seguidos a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS GRANADA 10 contra D. HABID EL AMMARI a cuyo pago viene obligada la parte demandada según resolución dictada.
I.- HONORARIOS LETRADO: Atendiendoa la cuantía del procedimiento 1.130,00 euros en aplicación del 70% de la escala arroja un resultado de 275,10euros. I.V.A. 21% 57,77 euros. SUBTOTAL HONORARIOS 332,87 EUROS.
II.- DERECHOS DE LA PROCURADORA: Artículo 9 35,00 euros. I.V.A. 21% 7,35 euros. SUBTOTAL DERECHOS 42,35 EUROS.
NOTA.- Procede la exclusión del derecho relativo al artículo 5 toda vez que la condena en costas no afecta a las actuaciones procesales posteriores al dictado de la misma. TOTAL TASACIÓN DE COSTAS 375,22 EUROS.
En Alicante, a 7 de octubre2022
Alicante/Alacant, 11 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ
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