Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de León
Dirección: Avenida INGENIERO SAENZ DE MIERA 6
Localidad: León
Código Postal: 24009
Provincia: León
Teléfono: 987227754
Concursal
Número: 313/2022
Auto
Fecha: 28/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso consecutivo Miguel Angel Vazquez García e Isabel Llorente Muñiz
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
D./Dª. HERIBERTO JIMENO ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO.1ª INSTANCIA N.8 Y MERCANTIL de LEON, por el presente, HAGO SABER:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000313 /2022 y NIG nº 24089 42 1 2022 0008587, se ha dictado en fecha 28 de septiembre de 2022 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO CONSECUTIVO del deudor MIGUEL ANGEL VAZQUEZ GARCIA e ISABEL LLORENTE MUÑIZ , con DNI nº 71425712V, 09799836L , cuyo centro de intereses principales lo tiene en el territorio de esta circunscripción.
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a JAVIER ALVAREZ MELÓN, con domicilio postal en Avd Pérez Colino 22 1º 24402 Ponferrada- León- y dirección electrónica javier.melon@despachoabaco.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos la comunicación de créditos, en el supuesto de los art. 268 del TRLC.
3º.- - Dentro del plazo de diez días las partes personadas en el concurso de acreedores podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores que acompañan al informe provisional presentado por el mediador concursal. El plazo para impugnar para quienes hubieran recibido la notificación del juzgado de la presentación del informe se contará desde la recepción de esa notificación. Para los demás legitimados interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de entre las establecidas por la ley o, en su caso, acordadas por el juez. La impugnación se tramitará con arreglo a lo establecido para las impugnaciones en el procedimiento abreviado. La impugnación del inventario podrá consistir en la solicitud de la inclusión o de la exclusión de bienes o derechos, o del aumento o disminución del avalúo de los incluidos. La impugnación de la lista de acreedores podrá referirse a la inclusión o a la exclusión de créditos concursales, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos. Quienes no impugnaren en tiempo y forma el inventario o la lista de acreedores acompañados al informe de la administración concursal no podrán plantear pretensiones de modificación del contenido de estos documentos, aunque podrán recurrir en apelación las modificaciones introducidas por el juez al resolver las impugnaciones de otros legitimados.
4º.- Asimismo, en el mismo plazo los acreedores podrán formular observaciones o propuestas de modificación del plan de liquidación presentado por el mediador concursal
5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
León, 11 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, HERIBERTO JIMENO ALVAREZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid