Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-435075

MOTRIL. Edicto de 7 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 29/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 246, de 13 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2022-435075

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril

Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N

Localidad: Motril

Código Postal: 18600

Provincia: Granada

Teléfono: 958989065

Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 29/2022

NIG: 1814042120210004646

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 23/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 dias

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 23/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

CONCEPCION VILAPLANA HERNANDEZ - NIF/NIE: ***8427**

FRANCISCO SANCHEZ GUIJOSA - NIF/NIE: ***1807**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D./Dª.YOLANDA PAVÓN CALLEJÓN

En MOTRIL, a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 L.E.C.).

La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 L.E.C.).

En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Lo dispongo y firmo. Doy fe.

TASACIÓN DE COSTAS

que practica la Letrada de la Administración de Justicia, que suscribe, Dª. Yolanda Pavón Callejón en el procedimiento reseñado y a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada.

DECRECHOS DE PROCURADOR, Sra. Jiménez Hoces.

Desahucio, art. 2 ........................................................................................... 198.34

Reclamación rentas, art. 2 ............................................................................. 112.38

Tasación de costas, art. 5 .............................................................................. 22.29

_______

333.01

I.V.A ( 21%) ................................................................................................. 69.93

_______

402.94

HONORARIOS DE LETRADO, Sr. Gómez Lozano.

Por su intervención en el procedimiento .................................................... 871.89

I.V.A ( 21%) ............................................................................................... 183.09

_________

1054.98

SUMA TOTAL ............................. 1.457,92 Euros ( s.e.u.o.).

Importa la presente Tasación de Costas la cantidad de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA DOS CENTIMOS, salvo error u omisión.

En MOTRIL, a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Motril, 7 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PAVON CALLEJON

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid