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Documento BOE-J-2022-434640

MÁLAGA. Edicto de 7 de octubre de 2022 en procedimiento en materia social número 966/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 246, de 13 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-434640

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 8 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951939088

Correo electrónico: AtPublico.JSocial.8.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 966/2020

NIG: 2906744420200012340

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 06/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MUELLETAPAS SL - Nº ****7023*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 8 DE MALAGA.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 966/2020, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de DUNIA PEREZ MORODO contra MUELLETAPAS S.L., en la se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

SENTENCIA Nº 180/22

En la Ciudad de Málaga, en la fecha que consta en la firma electrónica de esta resolución.

Vistos por el Iltmo. Sr. D. JOSÉ LUIS MANJÓN-CABEZA MARÍN, Magistrado del Juzgado de lo Social número OCHO de los de Málaga y su Provincia, los presentes autos por causa de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, seguidos entre partes, de una y como demandante Dª. DUNIA PEREZ MORODO; y de otra, como demandado MUELLETAPAS SL.

FALLO

1. Estimar la demanda sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD interpuesta por Dª. DUNIA PEREZ MORODO contra MUELLETAPAS SL.

2. Condenar a MUELLETAPAS SL, a que abone a la parte demandante, por los conceptos ya expresados, la cantidad de 3.869,99 €, más la cantidad de 386,99 en concepto de mora, lo que hace un total de 4.256,98 €. Más los intereses legales del artículo 576.2 LEC desde la fecha de la presente hasta la del pago Ley Enjuiciamiento Civil.

Incorpórese la presente Sentencia al correspondiente Libro, librándose testimonio de la misma para su unión a los autos, y notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra la misma y de conformidad con la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Social cabe el recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente y debiendo, si el recurrente es el demandado, consignar la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista y la suma de TRESCIENTOS EUROS de depósito, en la cuenta corriente que tiene el Juzgado abierta en el Banco Santander nº29850000CCEEEEAA, siendo CC 67 (consignación recurso) y CC 65 (depósito), si se realiza mediante transferencia el nº de cuenta es el 00493569920005001274 indicando en concepto el número de cuenta nº 29850000CCEEEEAA.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio mando y firmo

Y para que sirva de notificación en forma a MUELLETAPAS S.L. cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOE-TEJU con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Málaga, 7 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL CARMEN GARCIA GARCIA

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