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Documento BOE-J-2022-431454

SEGOVIA. Edicto de 5 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 435/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2022-431454

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia

Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28

Localidad: Segovia

Código Postal: 40001

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 435/2022

NIG: 4019441120220003013

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20dias

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Sadinoa Constructora Sl

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo: 1.-Declarar en concurso a SADINOA CONSTRUCTORA SL, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia . 2.-Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al Procurador Sr.JESUS MARIA DE LA FUENTE HORMIGO, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.-Considerar el concurso con el carácter de voluntario, el concurso se tramitará por las normas del procedimiento abreviado.4.-Dispongo la apertura de la fase de liquidación concursal y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor SADINOA CONSTRUCTORA SL su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley, siendo sustituido en dicho ejercicio por la administración concursal en los términos del artículo 107 del Texto Refundido de la Ley Concursal.5. Se acuerda la disolución deSADINOA CONSTRUCTORA SL , y el cese de los administradores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal.La apertura de la fase de liquidación concursal conlleva el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 6.-La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 57 y siguientes del TRLC, con las facultades determinadas en los apartados anteriores, estará integrada por: ANGEL GRACIA RUIZcon despacho profesional sito en Segovia C/ Grabador Espinosa 1 Y correo electrónico: angelgra@telefonica.net

Segovia, 5 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO

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