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Documento BOE-J-2022-431362

MADRID. Edicto de 5 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 1569/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-431362

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1569/2019

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 04/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Concursada, Administración Concursal, Acreedores interesados y Organismos Públicos

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el concurso 1569/2019 con NIG: 28.079.00.2-2019/0140379 de la mercantil URBE BÁSICA SL Nº de: CIF-B83082297 indicado se ha dictado sentencia con fecha 4.10.22 cuyo fallo es del tenor siguiente : 1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por URBE BÁSICA, S.L. que ha quedado reseñado en los antecedentes de esta resolución y que consta unido a las presentes actuaciones con los efectos establecidos en los artículos 393 a 399 TRLC. 2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. 3.- Cesa la Administración concursal en sus funciones de administración y disposición de los bienes de la concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del Título VI de la Ley concursal. Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. 4- Publíquese por el procurador instante en el plazo de UNA AUDIENCIA la sentencia en el Registro Público Concursal sin necesidad de emitir edicto y justifique su publicación para su unión en autos. Publíquese también en el Tablón Edictal del BOE 5.- Firme la resolución líbrense mandamiento/s al Registro Mercantil en el que consta inscrita la sociedad para la inscripción de la sentencia que se hará entrega al procurador instante a través de lexnet para que cuide de su diligenciado y devolución cumplimentado en el plazo de cinco días..

Madrid, 5 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

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