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Documento BOE-J-2022-431281

BARCELONA. Edicto de 6 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 1481/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-431281

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549466

Correo electrónico: mercantil6.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1481/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 04/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Informe final y rendición de cuentas

DESTINATARIOS

Posibles interesados y acreedores de Judith Pérez Estapa

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

José Antonio Alonso Almaraz , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Barcelona hago saber que:

En el procedimiento Concurso consecutivo n.º 1481/2020-A, de Judith Pérez Estapa el día 4-10-2022 se ha dictado una resolución teniendo por presentado el informe final y rendición de cuentas por el Administrador Concursal y se ha acordado:

Que el informe final presentado por la administración concursal quede de manifiesto en la Oficina judicial y en la Oficina de Tramitación Concursal de los Órganos Mercantiles para conocimiento de las personas interesadas.

Conforme al art. 478.3 LC remitir el escrito de rendición de cuentas al Registro público concursal.

Y que se anuncie por medio de un edicto que se insertará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) .

Dentro de los QUINCE días siguientes a esta puesta de manifiesto del informe final y escrito de rendición de cuentas, la parte concursada y las partes personadas podrán formular oposición.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el art. 472.2 de la LC, informo al deudor/a que, en el plazo de QUINCE dias, puede presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).

Barcelona, 6 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZ

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