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Documento BOE-J-2022-429681

VALÈNCIA. Edicto de 5 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 675/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-429681

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

Correo electrónico: vamerca02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 675/2021

NIG: 4625066120210003443

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 03/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

LUIS FERNANDO MORENO ROMERO - NIF/NIE: ***1271**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia Juicio verbal (250.2) [VRB] - 000675/2021 Parte Demandante: ENVASES INDUSTRIALES CARTTO SL

Parte Demanda: LUIS FERNANDO MORENO ROMERO En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

D E C R E T O

Sr./a Letrado de la Admón. de Justicia: Mª José Roig SapiñaEn VALENCIA, a tres de octubre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-

En este Juzgado se siguen autos de Juicio verbal (250.2) [VRB] - 000675/2021, a instancias de ENVASES INDUSTRIALES CARTTO SL representado por el Procurador/a IGNACIO ZABALLOS TORMO contra LUIS FERNANDO MORENO ROMERO.SEGUNDO.- Con fecha 05/07/22 fue practicada tasación de costas causadas en el presente procedimiento, ascendiendo la misma a la suma de 1.755,32.- €, y habiéndose dado traslado de dicha tasación a las partes por término de diez días no se ha presentado alegación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.3 de la L.E.C., transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el secretario judicial la aprobará mediante decreto.Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVADISPONGO: Aprobar en todos sus extremos la tasación de costas practicada en los presentes autos en fecha 05/07/22 por importe de 1.755,32.- € y a cargo de la parte Demandada.

Para la notificación al demandado líbrese Edicto al BOE a través del Tablón Edictal Único

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el Letrado de la Admón. de Justicia que lo dicta.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIRDe conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo "concepto" el código "01 Civil-Revisión resoluciones Secretario Judicial" y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo "concepto" el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.La Letrado de la Admón. de Justicia

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución de fecha 3 de octubre de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Tablón Edictal Único (BOE), para llevar a efecto la diligencia de Notificación al demandado.

En VALENCIA, a tres de octubre de dos mil veintidós La Letrado de la Admón. de Justicia

València, 5 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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