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Documento BOE-J-2022-426416

MÁLAGA. Edicto de 3 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 1518/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 241, de 7 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-426416

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 18 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938267

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.18.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1518/2018

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 23/06/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

Acreedores de D. Francisco Galvez Delgado con DNI 24748738W

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

ANUNCIA

1.- Que en el procedimiento concursal número 1518/18 referente al deudor FRANCISCO GÁLVEZ DELGADO, se ha presentado solicitud de conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, al que se refieren los artículos 473 y 484 del Texto Refundido de la Ley Concursal, junto con el informe de rendición de cuentas al que se refiere el artículo 478 TRLC.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- La presentación del informe de la administración concursal y de la documentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en el concurso y publíquese en el tablón de anuncios electronico, así como en el Registro Publico Concursal durante QUINCE DÍAS..

En Málaga a veinte de junio de dos mil veintidós

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Málaga, 3 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA BELEN SANCHEZ SANCHEZ

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